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La víctima de un accidente de circulación
recibe casi siempre la indemnización por parte de una
compañía de seguros. En ocasiones
pueden existir
más de una indemnización que, por
desconocimiento, no suelen ser reclamadas.
Lo primero que debemos hacer es determinar
quien es el culpable de accidente. Sólo podremos reclamar
si no hemos sido nosotros quienes hemos causado el accidente
(a excepción
de los ocupantes de nuestro vehículo, que recibirán
indemnización por nuestro seguro, ya que son “terceros”
a efectos del seguro )
El sistema más habitual de reconocimiento
de culpas es a través del parte amistoso.
Si en el mismo se declara quien es el culpable del accidente
de circulación podemos pasar al siguiente paso.
En otros supuestos los accidentados están
conformes en quien recae la responsabilidad aunque no firmen
en el acto un parte amistoso. Conviene firmarlo aunque sea
con posterioridad al accidente
En el supuesto de que no exista acuerdo
al respecto, la cosa se complica y probablemente habrá
que acudir a juicio o negociar con la aseguradora
la culpabilidad. En estos casos un atestado policial
es fundamental, pero probablemente cuando leas esto ya será
tarde para llamar a la policía. Si no es así
te recomendamos hacerlo en el momento del accidente.
En caso de que esté la policia en
el momento del accidente, exija que quede
constancia clara de quien es el responable
y solicite que se tome declaración a los posibles testigos
presenciales, así como el D.N.I. y teléfono
y domicilio de contacto, como prueba en un posible juicio.
En caso de que no esté claro quien
es el responsable, deberás dar parte a tu compañía
de la existencia del accidente en un plazo máximo de
siete días.
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